jueves, 2 de abril de 2009

VISITA AL MUNICIPIO DE TECAMACHALCO 1








Reunión con habitantes de la comunidad de "Vicente Guerrero", municipio de Tecamachalco.

DISCURSO Y PUNTO DE ACUERDO IPPC




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Presidente de la Comisión Permanente
Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla
Presente

El que suscribe, Diputado José Manuel Benigno Pérez Vega, integrante de la Quincuagésima Séptima Legislatura del Honorable Congreso del Estado; con fundamento en lo dispuesto por los artículos, 57 fracción I y II, 63 fracción II y 64 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 17 fracción IV y XI, 46 de la Ley Orgánica de Poder Legislativo del Estado de Puebla; 93 fracción VI y 128 del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado, somete a consideración de este Honorable Cuerpo Colegiado el siguiente:

Punto de Acuerdo para persuadir al Titular del Poder Ejecutivo Local, para que solicite a este H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, derogar el Decreto que crea el Instituto Poblano para la Productividad Competitiva (IPPC), publicado en el Periódico Oficial el 8 de julio de 2005; ya que el referido Organismo Público Descentralizado: duplica funciones, otorga facultades que rebasan el marco legal de la entidad, invade competencias en materia electoral y aumenta los gastos del gobierno del estado en una época de austeridad.

Antecedente

El Instituto Poblano para la Productividad Competitiva (IPPC) es un Organismo Público Descentralizado, con personalidad jurídica, patrimonio propio y autonomía de gestión, sectorizado a la Secretaría del Trabajo y Competitividad del Estado de Puebla, que duplica funciones con la Dirección General de Productividad y Competitividad, con tres direcciones, una subdirección y tres jefaturas departamentales; su única función es organizar conferencias durante el “mes de la competitividad”; por tanto es innecesario el IPPC cuando ya existe una estructura administrativa dentro de una Dependencia que podría hacer las funciones del Organismo.

La fracción II del artículo 7 del Decreto que crea el IPPC establece: “Un Director General que hará las veces de Alto Comisionado para los efectos legales conducentes”, contraviniendo la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, ya que estos nombramientos que tienen la representación de los asuntos nacionales en el extranjero es facultad de la Secretaría de Relaciones Exteriores.

El pasado mes de febrero un medio de comunicación impreso, publicó un reportaje y fotografías sobre los cursos en materia electoral, que se efectuaban en instalaciones del IPPC a precandidatos a diputados federales del Partido Revolucionario Institucional (PRI). El Decreto que crea el Organismo en ninguno de sus artículos lo faculta para tal efecto.

En un ambiente económico de recesión, se hace necesario un plan de austeridad que contemple una menor estructura burocrática que hace costoso y hasta ineficiente al gobierno del estado de Puebla. La entidad posee los índices más bajos en materia de competitividad, del 26 al 31, según los indicadores del Banco Mundial, Instituto Mexicano para la Competitividad A.C. y de la publicación “e-regional”. Paradójicamente Puebla es la quinta economía del país y no se ve reflejada en esta materia.

Considerando

En mérito de lo anteriormente expuesto, sometemos a esta Soberanía el presente Punto de Acuerdo para persuadir al Titular del Poder Ejecutivo Local, para que solicite a este H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, derogar el Decreto que crea el Instituto Poblano para la Productividad Competitiva (IPPC), publicado en el Periódico Oficial el 8 de julio de 2005; ya que el referido Organismo Público Descentralizado: duplica funciones, otorga facultades que rebasan el marco legal de la entidad, invade competencias en materia electoral y aumenta los gastos del gobierno del estado en una época de austeridad.

Primero.- Ponemos a consideración de la Mesa Directiva del H. Congreso del Estado el presente Punto de Acuerdo en los términos anteriormente descritos.

Segundo.- Persuadimos al Titular del Poder Ejecutivo Local, para que solicite a este H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, derogar el Decreto que crea el Instituto Poblano para la Productividad Competitiva (IPPC), publicado en el Periódico Oficial el 8 de julio de 2005; ya que el referido Organismo Público Descentralizado, duplica funciones, otorga facultades que rebasan el marco legal de la entidad, invade competencias en materia electoral y aumenta los gastos del gobierno del estado en una época de austeridad.

Cuetlaxcoapan, Puebla de Zaragoza a 30 de marzo de 2009


Dip. Pepe Momoxpan


Diputadas y diputados, representantes
de los medios de comunicación,
público en general:

El Instituto Poblano para la Productividad Competitiva (IPPC) es un Organismo Público Descentralizado, con personalidad jurídica, patrimonio propio y autonomía de gestión, sectorizado a la Secretaría del Trabajo y Competitividad del Estado de Puebla, creado por Decreto publicado en el Periódico Oficial el 8 de julio de 2005.

El IPPC duplica funciones con la Dirección General de Productividad y Competitividad, de la Secretaría del Trabajo y Competitividad con tres direcciones, una subdirección y tres jefaturas departamentales; su única función es organizar conferencias durante el “mes de la competitividad”; por tanto es innecesario que exista un Organismo como IPPC cuando ya existe una estructura administrativa dentro de una Dependencia que debe hacer sus funciones como lo establece la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla.

La fracción II del artículo 7 del Decreto establece: “Un Director General que hará las veces de Alto Comisionado para los efectos legales conducentes”; contraviniendo la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, ya que estos nombramientos que tienen la representación del Estado en el extranjero, es facultad de la Secretaría de Relaciones Exteriores, mediante el servicio exterior por aprobación del Senado de la República.

El pasado mes de febrero un medio de comunicación impreso, publicó un reportaje y fotografías sobre los cursos en materia electoral, que se efectuaban en instalaciones del IPPC a precandidatos a diputados federales del Partido Revolucionario Institucional (PRI). El Decreto en ninguno de sus artículos lo faculta para tal efecto. Asimismo tiene una función de lucro con los cursos que ofrece y paradójicamente compite deslealmente con otras dependencias y entidades municipales y estatales que ofrecen cursos y capacitación para el trabajo, con recursos federales y estatales así como el apoyo financiero de organizaciones internacionales.

En un ambiente económico de recesión, se hace necesario un plan de austeridad que contemple una menor estructura burocrática que hace costoso y hasta ineficiente al gobierno del estado de Puebla. La entidad posee los índices más bajos en materia de competitividad, del 26 al 31, según los indicadores del Banco Mundial, Instituto Mexicano para la Competitividad A.C. y de la publicación “e-regional” y demás especializadas. Paradójicamente Puebla es la quinta economía del país y no se ve reflejada en esta materia.

Por todo lo anterior expuesto solicito que en atribución de nuestras facultades, solucionemos esta pesada y onerosa carga que representa el Instituto Poblano para la Productividad Competitiva (IPPC), derogando el decreto que lo crea, ya que el referido Organismo Público Descentralizado: duplica funciones, otorga facultades que rebasan el marco legal de la entidad, invade competencias en materia electoral y aumenta los gastos del gobierno del estado en una época de austeridad.


Cuetlaxcoapan, Puebla de Zaragoza a 31 de marzo de 2009

Dip. Pepe Momoxpan

PEPE MOMOXPAN EN LA FACULTAD DE ECONOMÍA DE LA BUAP



Pepe Momoxpan asistió el jueves 26 de marzo a la Facultad de Economía de la BUAP, a invitación expresa de un grupo de estudiantes, para exponer su trabajo como Diputado Local.

viernes, 27 de marzo de 2009

EVENTO EN LA UPAEP

Pepe Momoxpan durante su intervención en la Universidad Popular Autónoma de Puebla.



Dip. Eduardo Rivera Pérez (PAN), Dip. Malinalli García Ruíz (PRI), Mtro. José Alejandro Guillén CPA Ciencias Políticas y Dip. Pepe Momoxpan (PT)


Diploma otorgado por académicos de la Universidad Popular Autónoma del Estado de Puebla (UPAEP) por la participación en el "Simulador Parlamentario" el pasado jueves 19 de marzo del año en curso.

miércoles, 25 de marzo de 2009

PUNTO DE ACUERDO Y DISCURSO


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Presidente de la Comisión Permanente
Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla
Presente

El que suscribe, Diputado José Manuel Benigno Pérez Vega, integrante de la Quincuagésima Séptima Legislatura del Honorable Congreso del Estado; con fundamento en lo dispuesto por los artículos, 57 fracción I y II, 63 fracción II y 64 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 17 fracción IV y XI, 46 de la Ley Orgánica de Poder Legislativo del Estado de Puebla; 93 fracción VI y 128 del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado, somete a consideración de este Honorable Cuerpo Colegiado el siguiente:

Punto de Acuerdo para solicitar se envíe un exhorto a la Presidenta Municipal de Puebla Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz, para que investigue y proceda con las facultades que le otorga la ley, para esclarecer la agresión del que fueron objeto de parte de policías municipales, el pasado viernes 14 de marzo del año en curso a los ciudadanos Federico Vite López, Miguel Ángel Andrade Torres y Álvaro Solís Castillo.

Antecedente

La Ley Orgánica Municipal establece:

Artículo 211.- La Policía Preventiva Municipal estará al mando del Presidente Municipal, en términos de las disposiciones aplicables. Aquella acatará las órdenes que el Gobernador del Estado le transmita en aquellos casos que éste juzgue como de fuerza mayor o alteración grave del orden público.

Artículo 213.- Los Presidentes Municipales, en la materia objeto del presente Capítulo, tienen las siguientes atribuciones:

I.- Ejercer el mando sobre la Policía Preventiva Municipal y la Seguridad Vial Municipal;

El viernes 14 de marzo de 2009 los ciudadanos Federico Vite López, Miguel Ángel Andrade Torres y Álvaro Solís Castillo fueron detenidos, agredidos, humillados, asaltados, amenazados y secuestrados por elementos de seguridad pública municipal, bajo el pretexto de una revisión de rutina. Las agresiones fueron mayores cuando uno de ellos se identificó como periodista.

Los “grandes logros” que presume la alcaldesa y su jefe de la policía, Guillermo Alberto Hidalgo Vigueras, se truncan cuando elementos bajo su mando, como lo establecen los artículos de la Ley Orgánica Municipal arriba citados, tienen este tipo de prácticas que seguramente son recurrentes y que en esta ocasión fueron ventiladas públicamente por las profesiones de los agredidos. En este lamentable acontecimiento fue evidente la nula capacitación y la inexistente vocación de servicio de los policías, el lema “proteger y servir” es indigno para los elementos que participaron uniformados, armados y encapuchados en esta artero ataque.

Los agraviados han presentado sus respectivas denuncias en diversos órganos competentes. A la fecha no hay una postura clara de parte de la Presidencia Municipal y se presume un deslinde de parte de la Secretaría de Seguridad Pública y Vialidad de los hechos. Se dispone de toda la infraestructura técnica y humana para realizar la investigación y no se tienen avances concretos hasta el momento.

Considerando

En mérito de lo anteriormente expuesto, sometemos a esta Soberanía el presente Punto de Acuerdo para solicitar se envíe un exhorto a la Presidenta Municipal de Puebla Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz, para que investigue y proceda con las facultades que le otorga la ley, para esclarecer la agresión que fueron objeto de parte de policías municipales, el pasado viernes 14 de marzo del año en curso a los ciudadanos Federico Vite López, Miguel Ángel Andrade Torres y Álvaro Solís Castillo.

Primero.- Ponemos a consideración de la Mesa Directiva del H. Congreso del Estado el presente Punto de Acuerdo en los términos anteriormente descritos.

Segundo.- Se exhorte a la Presidenta Municipal de Puebla Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz, para que investigue y proceda con las facultades que le otorga la ley, para esclarecer la agresión.


Cuetlaxcoapan, Puebla de Zaragoza a 24 de marzo de 2009

Dip. Pepe Momoxpan

La Ley Orgánica Municipal establece:

Artículo 211.- La Policía Preventiva Municipal estará al mando del Presidente Municipal, en términos de las disposiciones aplicables. Aquella acatará las órdenes que el Gobernador del Estado le transmita en aquellos casos que éste juzgue como de fuerza mayor o alteración grave del orden público.

Artículo 213.- Los Presidentes Municipales, en la materia objeto del presente Capítulo, tienen las siguientes atribuciones:

I.- Ejercer el mando sobre la Policía Preventiva Municipal y la Seguridad Vial Municipal;

El viernes 14 de marzo de 2009 los ciudadanos Federico Vite López, Miguel Ángel Andrade Torres y Álvaro Solís Castillo fueron detenidos, agredidos, humillados, asaltados, amenazados y privados de su libertad; por elementos de seguridad pública municipal, bajo el pretexto de una revisión de rutina. Las agresiones fueron mayores cuando uno de ellos se identificó como periodista.

Los “grandes logros” que presume la alcaldesa y su jefe de la policía, Guillermo Alberto Hidalgo Vigueras, en materia de seguridad pública, se opacan cuando elementos bajo su mando, como lo establecen los artículos de la Ley Orgánica Municipal arriba citados, tienen este tipo de prácticas que seguramente son recurrentes y que en esta ocasión fueron ventiladas públicamente por la actividad profesional de los agredidos. En este lamentable acontecimiento fue evidente la nula capacitación y la inexistente vocación de servicio de los policías, el lema “proteger y servir” es indigno para los elementos que participaron uniformados, armados y encapuchados en este artero ataque. Como en la mayoría de las ocasiones los policías no aparecen, el vehículo no pertenece a la corporación y en el caso de un policía municipal plenamente identificado que fue testigo de la agresión “no estuvo en ese lugar”; tal parece que hablamos de uniformados y vehículos fantasmas. Peor aún resultaría el escenario de un grupo paramilitar que se dedique a hacerle el trabajo sucio, pues sino son algunos malos policías municipales, estaríamos ante otro de los hechos aislados que tanto le gustan al Gobierno para justificar sus incapacidades en seguridad pública.

Los agraviados han presentado sus respectivas denuncias en los diversos órganos competentes. A la fecha no hay una postura clara de parte de la Presidencia Municipal y se presume un deslinde de parte de la Secretaría de Seguridad Pública y Vialidad de los hechos. Se dispone de toda la infraestructura técnica y humana para realizar la investigación y no se tienen avances concretos hasta el momento.

Por todo lo anteriormente expuesto, someto a esta Soberanía el presente Punto de Acuerdo para solicitar se envíe un exhorto a la Presidenta Municipal de Puebla Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz, para que investigue y proceda con las facultades que le otorga la ley, para esclarecer la agresión que fueron objeto de parte de policías municipales, el pasado viernes 14 de marzo del año en curso a los ciudadanos Federico Vite López, Miguel Ángel Andrade Torres y Álvaro Solís Castillo.

Cuetlaxcoapan, Puebla de Zaragoza a 25 de marzo de 2009

Dip. Pepe Momoxpan

martes, 24 de marzo de 2009

CARTA AL GOBRENADOR DEL ESTADO


C. Lic. Mario Plutarco Marín Torres
Gobernador del Estado de Puebla
Presente

El suscrito, Diputado de la LVII Legislatura del Congreso del Estado de Puebla, me dirijo a Usted de manera pacífica y respetuosa, para exponer lo siguiente:

El pasado día jueves 12 de marzo del 2009, se realizó la última sesión del primer periodo ordinario de sesiones que corresponde al segundo año de ejercicio de la presente Legislatura. Dentro del punto 31 de los discutidos en dicha sesión se aprobó una reforma a la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, misma que se relaciona con temas como el concepto de familia, el derecho al aborto, la eutanasia, uniones de convivencia, entre otros, que por su importancia y trascendencia social amerita las siguientes consideraciones:

La sociedad poblana es plural y diversa, la pretensión de imponer una sola visión de familia, así sea la tradicionalmente aceptada, impide alcanzar un consenso amplio e informado al respecto, constriñendo la amplia variedad de problemáticas planteadas al punto de vista de un sector limitado de dicha sociedad. La contrarreforma constitucional (pues no otra cosa es la mencionada modificación a la constitución política local) cierra el camino a la atención de graves problemas sociales como el aborto, la falta de reconocimiento a los derechos de convivencia, a la posibilidad de muerte asistida, la integración de las madres solteras a un pleno ejercicio de sus derechos, la atención a las consecuencias de la migración en la familia, al cambio de roles como consecuencia de la precarización del trabajo, entre otros.

Por otro lado, el dictamen aprobado por el Congreso del Estado, plantea conflictos constitucionales y legales en los artículos propuestos, tanto porque contravienen criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Con esta contrarreforma se restringirían derechos, ya que a la larga se derogarían causales de aborto legal, e impediría profundizar el alcance de la legislación para abordar y resolver el problema de salud que representa el aborto clandestino.

Como mencioné en su momento, esta contrarreforma es inútil, autoritaria y sin sustento. Inútil porque no responde a los problemas concretos que las transformaciones sociales y económicas de los últimos años han provocado en el ámbito familiar; autoritaria porque no es resultado de ninguna consulta, buscando imponer a todo el variado conjunto social la limitada visión de un segmento de la misma; y sin sustento porque no se consultó a ninguna institución de educación superior, ni se respondió a los requerimientos que establece la ONU como lineamientos para las políticas del rubro, mismas que parten de la noción de la pluralidad de familias.

Señor Gobernador, el partido al que pertenece sostiene como parte de sus postulados básicos en su Declaración de Principios lo siguiente: “Nuestro origen surge de los grandes valores sociales de la Revolución Mexicana. Reconocemos nuestras raíces en la consolidación de la República Liberal, Laica y Federalista, en la lucha por la soberanía nacional y la independencia de México.” En la contrarreforma constitucional impulsada por la ultraderecha se cumplen los postulados básicos del Partido Acción Nacional, que establecen a la letra lo siguiente: “La vida y la dignidad del ser humano deben protegerse y respetarse desde el momento de su concepción hasta el momento de su muerte natural”, estos postulados fueron inspirados por el pensamiento clerical católico. En la contrarreforma aprobada por el Congreso del Estado, se atienden puntualmente los Principios de Doctrina del Partido Acción Nacional.

La multicitada contrarreforma constitucional contraviene los principios liberales y progresistas que su partido postula, sin embargo, es congruente con los Principios de Doctrina del Partido Acción Nacional. El Benemérito de las Américas, Don Benito Juárez García, luchó hasta el último momento de su vida por los principios de una República Laica y como parte de este esfuerzo estableció un conjunto de instituciones que arrancaron de la esfera eclesiástica el control y la definición de instituciones como el matrimonio, el registro de los nacimientos y el divorcio, entre muchas otras figuras, todas ellas pertenecientes al ámbito de la familia. Esta contrarreforma implica la intromisión e imposición a trasmano del pensamiento clerical en el ámbito civil.

Por todo lo anterior y en congruencia con los principios juaristas que ha dicho sostener, solicito rechace la iniciativa mandando observaciones a toda la contrarreforma aprobada por el Congreso del Estado, en pleno ejercicio de sus facultades, tal y como se establece en los artículos 64 fracción IV y V y 79 fracción V de la Constitución de Puebla.

Le recuerdo que en México, como autoridades emanadas de la voluntad popular y en pleno respeto del mandato constitucional, debemos preservar el principio de laicismo del Estado, el respeto a los derechos de las personas a decidir libremente sobre su cuerpo y la libertad del poder legislativo para legislar a futuro en pro de nuestra entidad, para lo cual en este momento es necesario evitar que se promueva esta contrarreforma constitucional, que impediría el progreso de Puebla.


Con mis más distinguidas consideraciones

Dip. Pepe Momoxpan

Cuetlaxcoapan, Puebla de Zaragoza, 20 de marzo de 2009