miércoles, 25 de marzo de 2009

PUNTO DE ACUERDO Y DISCURSO


Haz click en las imagenes para ampliarlas
Presidente de la Comisión Permanente
Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla
Presente

El que suscribe, Diputado José Manuel Benigno Pérez Vega, integrante de la Quincuagésima Séptima Legislatura del Honorable Congreso del Estado; con fundamento en lo dispuesto por los artículos, 57 fracción I y II, 63 fracción II y 64 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 17 fracción IV y XI, 46 de la Ley Orgánica de Poder Legislativo del Estado de Puebla; 93 fracción VI y 128 del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado, somete a consideración de este Honorable Cuerpo Colegiado el siguiente:

Punto de Acuerdo para solicitar se envíe un exhorto a la Presidenta Municipal de Puebla Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz, para que investigue y proceda con las facultades que le otorga la ley, para esclarecer la agresión del que fueron objeto de parte de policías municipales, el pasado viernes 14 de marzo del año en curso a los ciudadanos Federico Vite López, Miguel Ángel Andrade Torres y Álvaro Solís Castillo.

Antecedente

La Ley Orgánica Municipal establece:

Artículo 211.- La Policía Preventiva Municipal estará al mando del Presidente Municipal, en términos de las disposiciones aplicables. Aquella acatará las órdenes que el Gobernador del Estado le transmita en aquellos casos que éste juzgue como de fuerza mayor o alteración grave del orden público.

Artículo 213.- Los Presidentes Municipales, en la materia objeto del presente Capítulo, tienen las siguientes atribuciones:

I.- Ejercer el mando sobre la Policía Preventiva Municipal y la Seguridad Vial Municipal;

El viernes 14 de marzo de 2009 los ciudadanos Federico Vite López, Miguel Ángel Andrade Torres y Álvaro Solís Castillo fueron detenidos, agredidos, humillados, asaltados, amenazados y secuestrados por elementos de seguridad pública municipal, bajo el pretexto de una revisión de rutina. Las agresiones fueron mayores cuando uno de ellos se identificó como periodista.

Los “grandes logros” que presume la alcaldesa y su jefe de la policía, Guillermo Alberto Hidalgo Vigueras, se truncan cuando elementos bajo su mando, como lo establecen los artículos de la Ley Orgánica Municipal arriba citados, tienen este tipo de prácticas que seguramente son recurrentes y que en esta ocasión fueron ventiladas públicamente por las profesiones de los agredidos. En este lamentable acontecimiento fue evidente la nula capacitación y la inexistente vocación de servicio de los policías, el lema “proteger y servir” es indigno para los elementos que participaron uniformados, armados y encapuchados en esta artero ataque.

Los agraviados han presentado sus respectivas denuncias en diversos órganos competentes. A la fecha no hay una postura clara de parte de la Presidencia Municipal y se presume un deslinde de parte de la Secretaría de Seguridad Pública y Vialidad de los hechos. Se dispone de toda la infraestructura técnica y humana para realizar la investigación y no se tienen avances concretos hasta el momento.

Considerando

En mérito de lo anteriormente expuesto, sometemos a esta Soberanía el presente Punto de Acuerdo para solicitar se envíe un exhorto a la Presidenta Municipal de Puebla Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz, para que investigue y proceda con las facultades que le otorga la ley, para esclarecer la agresión que fueron objeto de parte de policías municipales, el pasado viernes 14 de marzo del año en curso a los ciudadanos Federico Vite López, Miguel Ángel Andrade Torres y Álvaro Solís Castillo.

Primero.- Ponemos a consideración de la Mesa Directiva del H. Congreso del Estado el presente Punto de Acuerdo en los términos anteriormente descritos.

Segundo.- Se exhorte a la Presidenta Municipal de Puebla Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz, para que investigue y proceda con las facultades que le otorga la ley, para esclarecer la agresión.


Cuetlaxcoapan, Puebla de Zaragoza a 24 de marzo de 2009

Dip. Pepe Momoxpan

La Ley Orgánica Municipal establece:

Artículo 211.- La Policía Preventiva Municipal estará al mando del Presidente Municipal, en términos de las disposiciones aplicables. Aquella acatará las órdenes que el Gobernador del Estado le transmita en aquellos casos que éste juzgue como de fuerza mayor o alteración grave del orden público.

Artículo 213.- Los Presidentes Municipales, en la materia objeto del presente Capítulo, tienen las siguientes atribuciones:

I.- Ejercer el mando sobre la Policía Preventiva Municipal y la Seguridad Vial Municipal;

El viernes 14 de marzo de 2009 los ciudadanos Federico Vite López, Miguel Ángel Andrade Torres y Álvaro Solís Castillo fueron detenidos, agredidos, humillados, asaltados, amenazados y privados de su libertad; por elementos de seguridad pública municipal, bajo el pretexto de una revisión de rutina. Las agresiones fueron mayores cuando uno de ellos se identificó como periodista.

Los “grandes logros” que presume la alcaldesa y su jefe de la policía, Guillermo Alberto Hidalgo Vigueras, en materia de seguridad pública, se opacan cuando elementos bajo su mando, como lo establecen los artículos de la Ley Orgánica Municipal arriba citados, tienen este tipo de prácticas que seguramente son recurrentes y que en esta ocasión fueron ventiladas públicamente por la actividad profesional de los agredidos. En este lamentable acontecimiento fue evidente la nula capacitación y la inexistente vocación de servicio de los policías, el lema “proteger y servir” es indigno para los elementos que participaron uniformados, armados y encapuchados en este artero ataque. Como en la mayoría de las ocasiones los policías no aparecen, el vehículo no pertenece a la corporación y en el caso de un policía municipal plenamente identificado que fue testigo de la agresión “no estuvo en ese lugar”; tal parece que hablamos de uniformados y vehículos fantasmas. Peor aún resultaría el escenario de un grupo paramilitar que se dedique a hacerle el trabajo sucio, pues sino son algunos malos policías municipales, estaríamos ante otro de los hechos aislados que tanto le gustan al Gobierno para justificar sus incapacidades en seguridad pública.

Los agraviados han presentado sus respectivas denuncias en los diversos órganos competentes. A la fecha no hay una postura clara de parte de la Presidencia Municipal y se presume un deslinde de parte de la Secretaría de Seguridad Pública y Vialidad de los hechos. Se dispone de toda la infraestructura técnica y humana para realizar la investigación y no se tienen avances concretos hasta el momento.

Por todo lo anteriormente expuesto, someto a esta Soberanía el presente Punto de Acuerdo para solicitar se envíe un exhorto a la Presidenta Municipal de Puebla Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz, para que investigue y proceda con las facultades que le otorga la ley, para esclarecer la agresión que fueron objeto de parte de policías municipales, el pasado viernes 14 de marzo del año en curso a los ciudadanos Federico Vite López, Miguel Ángel Andrade Torres y Álvaro Solís Castillo.

Cuetlaxcoapan, Puebla de Zaragoza a 25 de marzo de 2009

Dip. Pepe Momoxpan

No hay comentarios: