jueves, 25 de noviembre de 2010

Revista LIDER



Discurso cambio sexogenérico


Diputadas y diputados, representantes de los
 medios de comunicación, público:

Hoy presento dos reformas, una al Código Civil y otra al Código de Procedimientos Civiles,  tendientes a crear un procedimiento mediante el cual, las personas quienes han sido discriminadas en un bien tan importante como lo es la identidad del ciudadano, obtengan mediante un juicio especial de levantamiento de acta por reasignación, la concordancia sexogenérica.
Una persona transexual y otra transgénero, antes y durante el proceso de cambios en su cuerpo, asumen una identidad sexogenérica diferente al sexo con el que nacieron. Ambas cambian su imagen e identidad, asumen otros roles de género. Sin embargo, una persona transexual se somete a una cirugía de reconstrucción genital, y una persona transgénero, es la que todavía no se ha sometido a esta cirugía o no desea una adaptación completa al sexo legal contrario.
En un Estado liberal moderno no es la función del Estado imponer un determinado concepto ideológico del bien a la pluralidad de la sociedad. Se ha evidenciado que las resistencias al reconocimiento de estos derechos se sustentan en prejuicios o dogmas religiosos. Cualquier criterio que no atienda exclusivamente a los principios de los derechos humanos, los compromisos internacionales, los marcos jurídicos nacionales y los hechos establecidos de la realidad social que se legisla no puede tener cabida en el debate legislativo.

Con estas reformas buscaríamos que exista un acta de nacimiento que coincida en nombre y sexo con la identidad que se percibe, así como la modificación a los requisitos para contraer matrimonio y como dar aviso a la Secretaría de Gobernación, Secretaría de Relaciones Exteriores, Instituto Federal Electoral, Procuraduría General del Estado y Procuraduría General de la República y la Dirección General de Profesiones.

En las democracias laicas y modernas, el debate parlamentario no puede, por principio, circunscribirse al ámbito confesional o a la imposición de un concepto único del “deber ser” que deje de lado lo que existe de hecho. El Estado democrático no está para tomar las decisiones morales de la vida privada de los ciudadanos, ni para evitarnos el ejercicio y desarrollo de nuestro mejor criterio personal, sino que debe velar por garantizar el ejercicio de derechos de todos sus habitantes.

Cuetlaxcoapan, H. Puebla de Zaragoza a 25 de noviembre de 2010
Dip.  José Manuel Benigno Pérez Vega y/o Pepe Momoxpan
Reforma Código de Procedimientos Civiles cambio sexogenérico
Reforma Código Civil cambio sexogenérico

Discurso Punto de Acuerdo SCT discapacitados



Diputadas y diputados, representantes de los medios de comunicación, público:
En el Estado de Puebla no hay autoridad alguna que pueda detener los maltratos que los permisionarios y operadores del transporte público tienen cotidianamente contra personas discapacitadas.
Tal es el caso del señor Juan Carlos Luis Martínez quien se encuentra situación de capacidad diferenciada y quien no cuenta con los medios necesarios para usar transporte privado. Él requiere el uso de la ruta 64–B y distintos operadores de la ruta señalada, a pesar de su notable discapacidad, así como al mostrar su credencial que lo acredita como tal,  le exigen su pasaje y se niegan a prestarle el servicio, incluso se pasan de largo y no detienen la unidad, cuando les solicita la parada.
Con fecha 6 de julio del 2010 el señor Luis Martínez presentó una queja en contra de la ruta 64-B en la Secretaría de Comunicaciones y Transportes por las siguientes causales: no llevar lugar especial para discapacitados, no prestar el servicio y llevar acompañantes
No obstante los señalamientos y diversos oficios que la Secretaría ha enviado a los  permisionarios de la mencionada ruta, no han acatado dichas recomendaciones sino por el contrario ahora evitan prestar el servicio al señor Luis Hernández.
Por lo anteriormente expuesto someto a consideración de esta Soberanía el presente Punto de Acuerdo para exhortar a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes del Gobierno del Estado de Puebla,  a evitar cualquier acto de discriminación por parte de los concesionarios y operadores del sistema de transporte público con las personas discapacitadas y en su caso imponer las sanciones administrativas respectivas.

Cuetlaxcoapan, H. Puebla de Zaragoza a 25 de noviembre de 2010

Punto de Acuerdo SCT discapacitados


H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla
Presidenta de la Mesa Directiva
P r e s e n t e


El que suscribe, Diputado José Manuel Benigno Pérez Vega, integrante de la Quincuagésima Séptima Legislatura del Honorable Congreso del Estado; con fundamento en lo dispuesto por los artículos, 57 fracción I y II, 63 fracción II y 64 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 17 fracción IV y XI, 41 fracción I, 43, 46 de la Ley Orgánica de Poder Legislativo del Estado de Puebla; 93 fracción VI, 128 y 130 del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado, somete a consideración de este Honorable Cuerpo Colegiado el siguiente:
Punto de Acuerdo para exhortar a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes del Gobierno del Estado de Puebla,  a evitar cualquier acto de discriminación por parte de los concesionarios y operadores del sistema de transporte público con las personas discapacitadas y en su caso imponer las sanciones administrativas respectivas.
Bajo los siguientes:
Antecedentes
Aun son recurrentes en toda la entidad, los casos en los que usuarios del transporte público que tienen una discapacidad, son maltratados por operadores de diversas rutas. La exención del pasaje a todas las personas discapacitadas es un pretexto más para los choferes y permisionarios para negarles el servicio, pues para ellos “representan un costo que no están dispuestos a aceptar” mientras que para ese sector vulnerable de la población es un ahorro a su economía.
Mientras tanto la autoridad responsable, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes del Gobierno del Estado de Puebla, no actúa con la firmeza necesaria para en su caso sancionar a operadores y concesionarios que recurrentemente maltratan o niegan el servicio a personas con una discapacidad física. Quisiéramos ver a los supervisores de esta dependencia en las calles de las ciudades del estado, en sus respectivos vehículos vigilando a los transportistas en lugar de extorsionarlos.
Es por ello que:
El derecho a la no discriminación es un valor fundamental, consagrado en nuestra Constitución y es obligación de los concesionarios y operadores del transporte prestar el servicio sin disntigo de personas. 
En mérito de lo anteriormente expuesto, someto a esta Soberanía lo siguiente:
Único.- Se exhorta a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes del Gobierno del Estado de Puebla,  a evitar cualquier acto de discriminación por parte de los concesionarios y operadores del sistema de transporte público con las personas discapacitadas y en su caso imponer las sanciones administrativas respectivas.
Cuetlaxcoapan, H. Puebla de Zaragoza a 24 de noviembre de 2010


Dip. José Manuel Benigno Pérez Vega y/o Pepe Momoxpan


Discurso Banco de México





Diputadas y diputados, representantes de los
 medios de comunicación, público:



El Banco de México es una institución autónoma del Estado Mexicano, que tiene como objetivo prioritario procurar la estabilidad del poder adquisitivo de la moneda nacional, fortaleciendo con ello la rectoría del desarrollo nacional que corresponde al Estado. Ninguna autoridad podrá ordenar al banco conceder financiamiento; tal como lo establece el artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Mediante Casa de Moneda, se acuñan las piezas de 5, 10 y 20 centavos que circulan por todo el país. Para términos prácticos estas monedas carecen de valor, estoy convencido que muchas personas incluso desconocen su existencia. ¿Cuántos artículos o mercancías se pueden adquirir con semejantes denominaciones? ¿En realidad cuando pagamos un bien o servicio nos cobran y devuelven cambio con centavos? Ni siquiera en las sucursales bancarias se manejan las monedas que hago referencia.
Sin duda la acuñación de estas monedas representa un costo para el Banco de México, que se podría destinar a otros rubros. Los únicos beneficiados de que circulen estas monedas son las grandes empresas y sus “campañas de donación” que literalmente obligan a los consumidores a “donar” su cambio, que esas grandes empresas harán deducible de impuestos.
Por todo lo anterior, someto a consideración de esta Soberanía un Punto de Acuerdo para exhortar a la Junta de Gobierno del Banco de México, a retirar de la circulación las monedas 5m 10 y 20 centavos por ya no cumplir las funciones para las cuales fueron emitidas.

Cuetlaxcoapan, H. Puebla de Zaragoza a 25 de noviembre de 2010
Dip.  José Manuel Benigno Pérez Vega y/o Pepe Momoxpan

Punto de Acuerdo BANXICO


H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla
Presidenta de la Mesa Directiva
P r e s e n t e
El que suscribe, Diputado José Manuel Benigno Pérez Vega y/o Pepe Momoxpan, integrante de la Quincuagésima Séptima Legislatura del Honorable Congreso del Estado; con fundamento en lo dispuesto por los artículos, 57 fracción I y II, 63 fracción II y 64 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 17 fracción IV y XI, 41 fracción I, 43, 46 de la Ley Orgánica de Poder Legislativo del Estado de Puebla; 93 fracción VI, 128 y 130 del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado, somete a consideración de este Honorable Cuerpo Colegiado el siguiente:
Punto de Acuerdo para exhortar a la Junta de Gobierno del Banco de México, a retirar de la circulación las monedas de 5, 10 y 20 centavos por ya no cumplir las funciones para las cuales fueron emitidas.
Bajo los siguientes:
Antecedentes
Las monedas que actualmente circulan de la denominación de 5, 10 y 20 centavos, acuñadas por Casa de Moneda, no cumplen la función por las cuales fueron emitidas, porque la mayoría de las transacciones comerciales que se efectúan en el país ya no contemplan la denominación en centavos, como sí se hace en otros países con una economía más sólidas. Es muy difícil encontrar algún producto o servicio que tenga el valor de estas monedas que por completo ya carecen del mismo, incluso en las sucursales bancarias no es usual su manejo.
Para la Casa de Moneda, la acuñación de todas estas monedas representa un costo que podría ahorrarse y destinarse a otros rubros. Sería más adecuado y facilitaría los intercambios mercantiles, que solo quedaran en circulación las monedas de 50 centavos.
Las grandes empresas han encontrado en el “redondeo” el pretexto perfecto para abonar a su favor miles de pesos a costa de los compradores a quienes presionan para “donaciones” que después ellos reportan como deducibles de impuestos ante las autoridades.
Es por ello que  considerando:
La inoperancia del uso de las monedas fraccionarias menores a 50 centavos. En mérito de lo anteriormente expuesto, someto a esta Soberanía lo siguiente:
Único.- Se exhorta a la Junta de Gobierno del Banco de México, a retirar de la circulación las monedas de 5, 10 y 20 centavos por ya no cumplir las funciones para las cuales fueron emitidas.

Cuetlaxcoapan, H. Puebla de Zaragoza a 24 de noviembre de 2010
Dip.  José Manuel Benigno Pérez Vega y/o Pepe Momoxpan

jueves, 11 de noviembre de 2010

Discurso reformas apellidos







Diputadas y diputados, representantes de los medios de comunicación, público:

En la actualidad el Código Civil para el estado de Puebla, no prescribe un orden estricto para inscribir los apellidos de una persona. Es por ello que hoy presento ante esta Soberanía una reforma a los artículos 63 y 64 con la finalidad de que exista certidumbre para otorgarle un derecho a las mujeres que difícilmente tendrían.
Terminemos con el machismo de que prevalezcan los apellidos paternos y démosle la opción de que como pareja decidan el orden de los apellidos de los hijos.
Esta estructuración respondía no sólo a una posición enraizada en principios religiosos y de exclusión social. Era una institución creada para sociedades rurales donde la mujer y los hijos en muchos casos eran sujetos a la voluntad del padre de familia de una manera muy próxima a la de sus animales de labranza. En este sentido, la prelación tradicional de los apellidos era acorde a la modernidad como el mayorazgo colonial y las encomiendas. Creemos que ha llegado el momento de hacer explícito el derecho de las ciudadanas de establecer el orden de los apellidos de sus hijos como una manera de reflejar la nueva realidad. Esta realidad implica cambios profundos en los roles familiares, cambios en el papel económico de los progenitores, en las estructuras familiares, y, sobre todo, en la esfera de derechos de los ciudadanos.
En la iniciativa que hoy presento se pretende modificar el texto de la ley a la luz del principio de igualdad reconocido en nuestra Constitución y en atención a diversas convenciones internacionales de las que México es signatario. Baste recordar que el artículo 16 de la Convención de Naciones Unidades de 18 de diciembre de 1979 prevé que los Estados signatarios tomen las medidas necesarias para hacer desaparecer toda disposición sexista en el derecho del nombre.
Así como hoy lo propongo para la entidad, nuestros homólogos en otras latitudes del mundo o en el Distrito Federal han presentado iniciativas similares.
En paralelo, hacemos eco de transformaciones ya vigentes en sociedades que han asumido la superación de esta cosmovisión ante el avance de la modernidad. Mencionemos por ejemplo, el Comité de Ministros del Consejo de Europa que desde 1978 establece en la Resolución 78/37 la recomendación a los Estados miembros de desaparecer toda discriminación entre el hombre y la mujer en el régimen jurídico del nombre, en tanto que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha sancionado, en la sentencia de 22 de febrero de 1994 en el caso Burghartz C. Suisse, las discriminaciones sexistas en la elección de los apellidos.
Espero que esta iniciativa no se incinere en la hoguera de los delirios de la Comisión a la que se destine,  sino que sea analizada y que mis compañeros de esta Legislatura podamos dar certidumbre legal de esta forma a las féminas de nuestro estado.
Cuetlaxcoapan, H. Puebla de Zaragoza a 11 de noviembre de 2010

Dip. José Manuel Benigno Pérez Vega y/o Pepe Momoxpan
Ley Apellidos , Reforma Cod. Civil

Punto de Acuerdo estacionamiento TSJ



H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla
Presidenta de la Mesa Directiva
P r e s e n t e

El que suscribe, Diputado José Manuel Benigno Pérez Vega y/o Pepe Momoxpan, integrante de la Quincuagésima Séptima Legislatura del Honorable Congreso del Estado; con fundamento en lo dispuesto por los artículos, 57 fracción I y II, 63 fracción II y 64 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 17 fracción IV y XI, 41 fracción I, 43, 46 de la Ley Orgánica de Poder Legislativo del Estado de Puebla; 93 fracción VI, 128 y 130 del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado, somete a consideración de este Honorable Cuerpo Colegiado el siguiente:
Punto de Acuerdo para exhortar a Mario Plutarco Marín Torres en su calidad de Titular del Poder Ejecutivo del Estado, para que respete la división de Poderes y no hostigue al Tribunal Superior de Justicia, menoscabando la integridad de los inmuebles que posee en la zona de la Reserva Territorial Atlixcayotl-Quetzalcoatl.
Bajo los siguientes:
A   n   t   e   c   e   d   e   n   t   e   s
Desde el gobierno de Melquiades Morales Flores, el Poder Judicial del Estado trasladó sus instalaciones tales como juzgados civiles, familiares del Distrito Judicial de Puebla, así como las salas de todas las materias y otras oficinas a la denominada Ciudad Judicial. Los predios en los que se estableció la Ciudad Judicial, están ubicados en la zona de la Reserva Territorial Atlixcayotl-Quetzacoatl. El objetivo es que la mayor parte de los asuntos jurídicos se efectuaran en un mismo territorio y por la misma razón, se instalaron oficinas del Poder Judicial de la Federación, del Tribunal Fiscal y de Justicia Administrativa.
En dicha zona existe un predio contiguo al edificio principal del Tribunal local del conjunto de aproximadamente 22 mil metros cuadrados, que tenía como destino ser un estacionamiento para dicha sede del Poder Judicial. El edificio principal se comunica con el estacionamiento contiguo a través de un pasaje elevado que concluye precisamente a unos metros del predio que se utilizaría como estacionamiento o edificios para juzgados u otro tipo de oficinas del Poder Judicial del Estado.
Con fecha cuatro de noviembre un grupo de policías estatales colocaron candados y cadenas en las entradas de dicho predio, además de establecer vigilancia policiaca para impedir el ingreso, puesto que el Ejecutivo del estado tiene la idea de que los magistrados pretenden ingresar al mismo. Con este hecho el mandatario local violenta flagrantemente la autonomía del Poder Judicial del estado, pues el  terreno en disputa se encuentra en Ciudad Judicial.
Es por ello que  considerando:
Que son repudiables los actos de hostigamiento del Poder Ejecutivo para con el Judicial.
Que el terreno en cuestión esta destinado desde la creación de la Ciudad Judicial para instalaciones del Poder Judicial del Estado, solicitamos que sea respetada la integridad de los terrenos que tiene en posesión el Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla y que los mismo sean destinados para uso de las instalaciones que necesita dicho Poder Judicial.
En mérito de lo anteriormente expuesto, someto a esta Soberanía lo siguiente:
Único.- Se exhorta a Mario Plutarco Marín Torres en su calidad de Titular del Poder Ejecutivo del Estado, para que respete la división de Poderes y no hostigue al Tribunal Superior de Justicia, menoscabando la integridad de los inmuebles que posee en la zona de la Reserva Territorial Atlixcayotl-Quetzalcoatl.

Cuetlaxcoapan, H. Puebla de Zaragoza a 10 de noviembre de 2010

Dip.  José Manuel Benigno Pérez Vega y/o Pepe Momoxpan

Discurso Punto de acuerdo a Cuetzalan



Diputadas y diputados, representantes de los medios de comunicación, público:
El pasado domingo participé en la Mesa de Trabajo para la elaboración de la Ley Indígena del estado que se llevó a cabo en Cuetzalan. Fue penoso cerciorarse del abandono que tiene la Secretaría de Comunicaciones y Transportes de la entidad, a la carretera que comunica a Zacapoaxtla con dicho municipio. Reconocemos que la zona padece de derrumbes que junto con las lluvias excesivas, dificultan que la vía se encuentre en buen estado, no obstante es evidente la falta de mantenimiento de la carretera.

Es importante señalar que Cuetzalan es el único destino turístico de todo el estado, que posee el título de “Pueblo Mágico”, mismo que le fue otorgado desde el año 2002 por la Secretaría de Turismo del Gobierno Federal. Es lamentable la imagen que visitantes nacionales y extranjeros se llevan del camino a tan importante lugar de interés turístico.

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes del gobierno del estado es responsable de las acciones de mantenimiento de la infraestructura carretera.

El discurso de “fomento al turismo” se  derrumba cuando somos testigos del deterioro del único camino que comunica a Cuetzalan. Literalmente se “pierde el piso” cuando se recorre la entidad por helicóptero. En la entidad el destino de los Pueblos Mágicos es contar con caminos trágicos.

Cuetlaxcoapan, H. Puebla de Zaragoza a 11 de noviembre de 2010

Dip. José Manuel Benigno Pérez Vega y/o Pepe Momoxpan

Punto de acuerdo carretera a Cuetzalán


H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla
Presidente de la Mesa Directiva
P r e s e n t e

El que suscribe, Diputado José Manuel Benigno Pérez Vega y/o Pepe Momoxpan, integrante de la Quincuagésima Séptima Legislatura del Honorable Congreso del Estado; con fundamento en lo dispuesto por los artículos, 57 fracción I y II, 63 fracción II y 64 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 17 fracción IV y XI, 41 fracción I, 43, 46 de la Ley Orgánica de Poder Legislativo del Estado de Puebla; 93 fracción VI, 128 y 130 del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado, somete a consideración de este Honorable Cuerpo Colegiado el siguiente:

Punto de Acuerdo para exhortar a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes del Gobierno Puebla, a otorgar mantenimiento a la carretera que comunica las cabeceras municipales de Zacapoaxtla y Cuetzalan.

A n t e c e d e n t e s

De acuerdo con el artículo 36, fracción V de la Ley de Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla, es facultad de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes las acciones de mantenimiento de la infraestructura carretera. El estado en el que se encuentra la carretera que comunica la cabecera municipal de Cuetzalan con Zacapoaxtla es deplorable, si bien reconocemos que la zona padece de derrumbes que junto con las lluvias excesivas dificultan que la vía se encuentre en buen estado, es también evidente la falta de mantenimiento de la misma.

Es aun más lamentable que siendo Cuetzalan un destino turístico de gran importancia en la entidad, ya que la Secretaría de Turismo del Gobierno Federal le otorgó en el año 2002 el título de “Pueblo Mágico”, no se le dé la importancia debida de parte del gobierno estatal, cuando en el discurso se habla recurrentemente de fomentar el turismo.


C o n s i d e r a n d o

En mérito de lo anteriormente expuesto, sometemos a esta Soberanía el presente

Único.- Exhortamos a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes del Gobierno Puebla, a otorgar mantenimiento a la carretera que comunica las cabeceras municipales de Zacapoaxtla y Cuetzalan.


Cuetlaxcoapan, H. Puebla de Zaragoza a 10 de noviembre de 2010


Dip. José Manuel Benigno Pérez Vega y/o Pepe Momoxpan

jueves, 4 de noviembre de 2010

CONAPRED le da vista a la CDH



Discurso Internet y Software gratuito






Diputadas y diputados, representantes
de los medios de comunicación,
público:

Garantizar el acceso a las tecnologías de la información es un derecho innovador y por lo tanto el estado de Puebla se colocaría a la vanguardia. Ningún estado del país, ni la federación lo han incluido en sus Constituciones.
Es responsabilidad del estado generar las condiciones del desarrollo. La falta de acceso a las tecnologías de la información produce inequidad social y ahonda la brecha digital. Puebla no puede aspirar a ser una sociedad del conocimiento cuando los ciudadanos carecen de acceso a las tecnologías de la información. Esto impacta en la competitividad del estado e impide el desarrollo de tecnologías de la información propias.
Con la finalidad de democratizar el uso de las nuevas tecnologías de la información en la entidad, que a su vez repercuta en la vigilancia, transparencia y rendición de cuentas de las autoridades locales y municipales, presento dos reformas, una a la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla en el artículo 12 para adicionar una fracción XVI que cito a continuación:
Las leyes se ocuparán de: XVI.- Garantizar a los ciudadanos el derecho a enviar y recibir información así como el acceso a las nuevas tecnologías. Igualmente, se promoverá, fomentará, e implementará el uso en la Administración Pública –Estatal y Municipal- y en las entidades del sector público de software gratuito o de código abierto en los términos que establezcan las leyes.
La otra reforma es a la fracción XVI del artículo 4 del decreto que crea el Sistema de Información y Comunicación del Estado de Puebla (SICOM) para quedar:
Para el debido cumplimiento de lo señalado en el artículo que antecede, el SICOM tendrá los siguientes objetivos: XVI.- Otorgar el servicio de Internet gratuito a todos los habitantes del estado. Igualmente, se promoverá fomentará e implementará el uso en la Administración Pública –Estatal y Municipal- y en las entidades del sector público de software gratuito o de código abierto en los términos que establezcan las leyes.
Es responsabilidad del Estado disminuir las desigualdades y garantizarle a los ciudadanos el pleno goce de sus derechos. El desarrollo de las tecnologías de la información a partir de plataformas de código abierto permite la soberanía del país. Además, al desarrollar el Estado programas gratuitos y ocupar esta modalidad de software disminuye el gasto en licencias comerciales. El estado de Puebla utiliza programas sin pagar las licencias y también eroga grandes cantidades en la compra de licencias comerciales de sistemas informáticos, en lugar de crear sus propias herramientas de software.
De acuerdo a la declaración de Río Janeiro: “Una alianza para la cohesión social a través de la inclusión digital” suscrita por nuestro país, las tecnologías del acceso a la información son una herramienta para fortalecer el ejercicio de la ciudadanía, aseguran un acceso más abierto al gobierno. Asimismo, la declaración de Río Janeiro afirma que no se llegará al beneficio pleno de la Sociedad de la Información mientras persista la brecha digital entre quienes tienen acceso a estas tecnologías y quienes carecen de éstas.
Las tecnologías de la información y el desarrollo de una infraestructura tecnológica propia permitirán disminuir la brecha digital y volver al estado de Puebla una verdad sociedad del conocimiento. Se fomentará el empleo y el desarrollo tecnológico en las instituciones públicas y se reconocerá el desarrollo que hacen los centros de investigación. Cuando vinieron los investigadores del Instituto Nacional de Astrofísica, Óptica y Electrónica (INAOE) nos comentaron a los pocos legisladores presentes que los científicos se van del país por ejemplo a los Estados Unidos de Norteamérica. En el Gobierno marinista se desaprovechó la oportunidad establecer un parque tecnológico en el estado de Puebla, fomentando la fuga de cerebros. Con esta propuesta la política será de estado y no la podrán eludir los gobernantes en turno.
Como afirma el programador Richard Stallman, creador del concepto de software libre, la libertad de desarrollar el software anima a los ciudadanos a empoderarse y a trabajar de manera colaborativa.


Cuetlaxcoapan, H. Puebla de Zaragoza a 4 de noviembre de 2010

Dip. José Manuel Benigno Pérez Vega y/o Pepe Momoxpan
Reformas Internet y Software Gratuito