jueves, 18 de febrero de 2010

Excitativa Fernandez del Campo


H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla
Presidente de la Mesa Directiva
P r e s e n t e

El que suscribe, Diputado José Manuel Benigno Pérez Vega y/o Pepe Momoxpan, integrante de la Quincuagésima Séptima Legislatura del Honorable Congreso del Estado; con fundamento en lo dispuesto por los artículos, 57 fracción I y II, 63 fracción II y 64 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 17 fracción IV y XI, 46, 69, fracción II de la Ley Orgánica de Poder Legislativo del Estado de Puebla; 93 fracción VI y 128 del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado, someto a consideración de este Honorable Cuerpo Colegiado lo siguiente:

Ocurso para solicitar por segunda ocasión al H. Congreso del Estado, envíe excitativa al Presidente de la Comisión de Gobernación, Justicia y Puntos Constitucionales, Diputado Pablo Fernández del Campo Espinoza, para que remita de inmediato a la Agencia del Ministerio Público Especializada en Anticorrupción, copia certificada de la resolución de fecha 15 de diciembre de 2008, que el mencionado fiscal le ha solicitado al Dip. Humberto Eloy Aguilar Viveros mediante acuerdo de fecha 5 de febrero del año en curso, sin que el también Presidente de la Mesa Directiva tenga responsabilidad alguna en el caso, porque es responsabilidad exclusiva del Presidente de la Comisión de Gobernación, Justicia y Puntos Constitucionales entregar dichos documentos a la autoridad ministerial.

Que en sesión de fecha 4 de febrero presenté solicitud de excitativa del Congreso del Estado para que se conminara al Presidente de la Comisión de Gobernación, Justicia y Puntos Constitucionales, Diputado Pablo Fernández del Campo Espinosa, ya que el pasado 20 de enero del año en curso, recibí copia de conocimiento de la Agencia Especializada en Anticorrupción de la Procuraduría General de Justicia del Estado, oficio que a su vez le remitió dicha agencia al Presidente de la Comisión de Gobernación, Justicia y Puntos Constitucionales, para efecto de recordarle al Diputado que remitiera copia certificada de la resolución de fecha.

En contestación a esa postura presentada ante el Congreso del Estado, el Presidente de la Comisión de Gobernación, Justicia y Puntos Constitucionales, literalmente “le echa la bolita” al Presidente de la Mesa Directiva, sin embargo, era menos burocrático y más expedito que el Presidente de la Comisión de Gobernación, Justicia y Puntos Constitucionales, responder y en su caso remitir al agente del ministerio público especializado en anticorrupción las copias certificadas de la resolución de fecha 15 de diciembre de 2008, relativa al caso del ex comisionado de la Comisión de Acceso a la Información Pública, Antonio Juárez Acevedo, puesto que dicho agente del ministerio público le había mandado oficio recordatorio.

El Presidente de la Mesa Directiva, Dip. Humberto Eloy Aguilar Viveros, nada tiene que hacer en una responsabilidad exclusiva del Dip. Pablo Fernández del Campo Espinoza, quien falta a las atribuciones que le confiere el artículo 32, fracción VII de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, que a letra dice: las demás que le otorgue la legislación aplicable, la Mesa Directiva o la Gran Comisión.

Esperamos que este ocurso sea atendido con la diligencia debida y sean remitidas las copias certificadas solicitadas por el agente del ministerio público, se puede presumir que el Presidente de la Comisión de Gobernación de esta Legislatura, encubre, protege o ayuda al ex comisionado al evitar la integración de la averiguación previa; además de que involucra de manera indebida a Diputados que no tienen responsabilidad alguna en el asunto.

En mérito de lo anteriormente expuesto, someto a esta Soberanía lo siguiente:

Único.- Ocurso para solicitar por segunda ocasión al H. Congreso del Estado, envíe excitativa al Presidente de la Comisión de Gobernación, Justicia y Puntos Constitucionales, Diputado Pablo Fernández del Campo Espinoza, para que remita de inmediato a la Agencia del Ministerio Público Especializada en Anticorrupción, copia certificada de la resolución de fecha 15 de diciembre de 2008, que el mencionado fiscal le ha solicitado al Dip. Humberto Eloy Aguilar Viveros mediante acuerdo de fecha 5 de febrero del año en curso, sin que el también Presidente de la Mesa Directiva tenga responsabilidad alguna en el caso, porque es responsabilidad exclusiva del Presidente de la Comisión de Gobernación, Justicia y Puntos Constitucionales entregar dichos documentos a la autoridad ministerial.

Cuetlaxcoapan, H. Puebla de Zaragoza a 17 de febrero de 2010
Dip. José Manuel Benigno Pérez Vega y/o Pepe Momoxpan


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