Diputadas y diputados, representantes de los medios de comunicación, público:
Hoy someto a consideración de esta Soberanía una reforma que de aprobarse permitirá realmente equilibrar el poder público en nuestra entidad.
El objetivo de esta reforma es sancionar punitivamente a los funcionarios públicos que en ejercicio de sus funciones mientan al Poder Legislativo.
Debemos recordar que el esquema maltrecho en el que se desarrollan las comparecencias de los funcionarios públicos que acuden al Congreso del Estado, resulta al final infructuoso para conocer verdaderamente el estado que guarda la administración pública, consecuentemente no es posible hacer una efectiva evaluación, control y fiscalización. Los servidores públicos, en el caso de los Secretarios encargados de despacho, en los hechos mienten e incluso se burlan de los legisladores, entregan datos falsos, eso cuando se dignan contestar las preguntas que les formulamos, hasta ahora mienten con total impunidad.
Qué decir de la falta de respeto a esta Legislatura, cuando los invitados a la comparecencia amenazan a los compañeros legisladores, que decir de los que transgreden la Soberanía de este recinto impidiendo la entrada de nuestros colaboradores al recinto, ya ni hablar de funcionarios que traen su “porra”.
Pero lo verdaderamente importante no es que hagan esos desplantes y que tomen su comparecencia ante este Poder como un acto de culto personal, lo que realmente es trascendente aquí es que se presentan, exponen y nos dan datos que no podemos verificar y cuando lo hacemos nos encontramos con que son datos falsos como en el caso del Secretario de Desarrollo Evaluación, y Control de la Administración Pública.
Y a propósito del desempeño de funcionarios públicos, hago notar que algunos de los compañeros diputados que se encuentran aquí presentes pueden ser sujetos de juicio político, en caso de no cumplir con un mandato del juzgado de distrito en el caso del exmagistrado López Brun. Sería una vergüenza que se viole el artículo 105 de la ley de amparo y remitiéndonos al 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, no cumpliendo una orden judicial, le recuerdo que el plazo de 24 horas para que el congreso emita nueva resolución y de no cumplirse algunos compañeros podrían ser sometidos a juicio político. Esta es prueba fehaciente de la forma en que se violan ferozmente las leyes.
Compañeros Diputados, he aquí la necesidad de la presente iniciativa para modificar la fracción II y adicionar el inciso d) del artículo 125 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla así como crear la fracción VI del artículo 254 y el artículo 254 Bis del Código de Defensa Social para el Estado, con la finalidad de sancionar a los encargados de despacho que incurran en responsabilidad por actuación o negligencia desde una sanción punitiva o en su caso juicio político.
Estas modificaciones, son procedentes y esperamos que esta Legislatura deje bien cimentada una institución innovadora que propone límites y sanciones a los Secretarios encargados de despacho que acuden al Poder Legislativo y mienten sobre el desempeño de sus funciones públicas.
Cuetlaxcoapan, H. Puebla de Zaragoza a 25 de febrero de 2010
Dip. Pepe Momoxpan
El objetivo de esta reforma es sancionar punitivamente a los funcionarios públicos que en ejercicio de sus funciones mientan al Poder Legislativo.
Debemos recordar que el esquema maltrecho en el que se desarrollan las comparecencias de los funcionarios públicos que acuden al Congreso del Estado, resulta al final infructuoso para conocer verdaderamente el estado que guarda la administración pública, consecuentemente no es posible hacer una efectiva evaluación, control y fiscalización. Los servidores públicos, en el caso de los Secretarios encargados de despacho, en los hechos mienten e incluso se burlan de los legisladores, entregan datos falsos, eso cuando se dignan contestar las preguntas que les formulamos, hasta ahora mienten con total impunidad.
Qué decir de la falta de respeto a esta Legislatura, cuando los invitados a la comparecencia amenazan a los compañeros legisladores, que decir de los que transgreden la Soberanía de este recinto impidiendo la entrada de nuestros colaboradores al recinto, ya ni hablar de funcionarios que traen su “porra”.
Pero lo verdaderamente importante no es que hagan esos desplantes y que tomen su comparecencia ante este Poder como un acto de culto personal, lo que realmente es trascendente aquí es que se presentan, exponen y nos dan datos que no podemos verificar y cuando lo hacemos nos encontramos con que son datos falsos como en el caso del Secretario de Desarrollo Evaluación, y Control de la Administración Pública.
Y a propósito del desempeño de funcionarios públicos, hago notar que algunos de los compañeros diputados que se encuentran aquí presentes pueden ser sujetos de juicio político, en caso de no cumplir con un mandato del juzgado de distrito en el caso del exmagistrado López Brun. Sería una vergüenza que se viole el artículo 105 de la ley de amparo y remitiéndonos al 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, no cumpliendo una orden judicial, le recuerdo que el plazo de 24 horas para que el congreso emita nueva resolución y de no cumplirse algunos compañeros podrían ser sometidos a juicio político. Esta es prueba fehaciente de la forma en que se violan ferozmente las leyes.
Compañeros Diputados, he aquí la necesidad de la presente iniciativa para modificar la fracción II y adicionar el inciso d) del artículo 125 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla así como crear la fracción VI del artículo 254 y el artículo 254 Bis del Código de Defensa Social para el Estado, con la finalidad de sancionar a los encargados de despacho que incurran en responsabilidad por actuación o negligencia desde una sanción punitiva o en su caso juicio político.
Estas modificaciones, son procedentes y esperamos que esta Legislatura deje bien cimentada una institución innovadora que propone límites y sanciones a los Secretarios encargados de despacho que acuden al Poder Legislativo y mienten sobre el desempeño de sus funciones públicas.
Cuetlaxcoapan, H. Puebla de Zaragoza a 25 de febrero de 2010
Dip. Pepe Momoxpan