lunes, 17 de mayo de 2010

BOLETÍN INFORMATIVO 17 de mayo


El pasado 6 de mayo presenté un Punto de Acuerdo para exhortar a la Fiscalía Especializada en Atención a Delitos Electorales (FEPADE) a investigar delitos electorales del candidato al gobierno del estado por la “Alianza Puebla Avanza”, Javier López Zavala.

Por la gravedad del hecho solicité la dispensa del trámite, la mayoría de los integrantes de la Comisión Permanente votaron en contra, por lo que ahí mismo en Tribuna, declaré que interpondría la denuncia. Fue el jueves 13 de mayo cuando de manera personal, interpuse la denuncia en las instalaciones de la FEPADE en la ciudad de México para que investiguen los siguientes hechos:

El entonces Secretario de Desarrollo Social se presentó en un acto de culto público de la fe cristiana, hablando con el lenguaje propio de un predicador. El pasado 2 de abril, hizo acto de presencia en la llamada “procesión del silencio” de la fe católica.

El 14 de abril del año en curso, se reunieron el candidato a Gobernador de la coalición que forman el Partido Revolucionario Institucional y el Partido Verde Ecologista de México, con un grupo de líderes de congregaciones cristianas para suscribir compromisos, porque no obstante que esas congregaciones integran una agrupación política nacional (APN), “Convicción por la Democracia” en diversos medios de comunicación quien se ostenta como su líder, José Alonso Trujillo Domínguez, hace declaraciones no como titular de la misma, sino en su calidad de creyente cristiano, y prometiendo ciento cincuenta mil votos de la Agrupación Política Nacional a cambio de posiciones en el gobierno, es ahí donde radica la comisión de un delito; en franca violación a lo que establece el artículo 403 del Código Penal Federal que en su parte conducente establece:

Artículo 403.- Se impondrán de diez a cien días multa y prisión de seis meses a tres años, a quien:

VI. Solicite votos por paga, dádiva, promesa de dinero u otra recompensa durante las campañas electorales o la jornada electoral;

XI. Obtenga o solicite declaración firmada del elector acerca de su intención o el sentido de su voto, o bien que, mediante amenaza o promesa de paga o dádiva, comprometa su voto en favor de un determinado partido político o candidato;

Ningún candidato debe utilizar la fe y las creencias de los ciudadanos para promover sus aspiraciones políticas, esa actitud no es acorde con los principios juaristas, vulnera el principio de laicismo del estado y constituye un delito electoral.

La PGR debe investigar los hechos y determinar el tipo penal correspondiente para en su caso ejercer acción penal, sobre la denuncia que interpuse don el número de averiguación previa 147/2010/FEPADE.

Cuetlaxcoapan H. Puebla de Zaragoza, 17 de mayo de 2010

Dip. José Manuel Benigno Pérez Vega y/o Pepe Momoxpan

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