miércoles, 21 de agosto de 2013

El Economista
Avanzan candidaturas independientes a extra
20 Agosto, 2013 - 00:55Credito:
Tania Rosas / El Economista

La modificación al Artículo 116 de la Constitución no busca sustituto al sistema de partidos. Foto: Germán Espinosa
El Senado de la República aprobó en comisiones los dictámenes sobre candidaturas independientes y en materia de registro público inmobiliario y catastros que se abordarán durante el periodo extraordinario que comienza el miércoles. Los senadores suprimieron el derecho exclusivo de los partidos políticos a postular candidatos a puestos de elección popular, por lo que habrá candidaturas independientes para todos los cargos, incluido el de Gobernador.

A nivel constitucional, se destaca que “se fijen las bases y requisitos para que en las elecciones los ciudadanos soliciten su registro como candidatos para poder ser votados en forma independiente a todos los cargos de elección popular, en los términos del Artículo 35 de esta Constitución”.

La modificación se hizo al Artículo 116 de la Carta Magna, por lo que se necesita la aprobación de dos terceras partes del pleno para que se avale definitivamente.

“El derecho que asiste a los ciudadanos mexicanos de participar como candidatos en los procesos comiciales sin la intervención o mediación de partidos políticos obedece al reconocimiento que el Estado mexicano ha hecho del mismo, el cual se ha expresado en los diversos instrumentos que ha celebrado con los demás miembros de la comunidad internacional”, destaca el dictamen.

Se argumenta que la introducción de esta modalidad de participación ciudadana de ningún modo se consideró como un sustituto al sistema de partidos políticos, sino como un medio para incentivar a tales entidades de interés público a buscar un mayor y permanente contacto con la sociedad y los ciudadanos.

Por otro lado, en comisiones, se otorgó facultades al Congreso de la Unión para que expida la ley general que armonice y homologue la organización y el funcionamiento de los registros públicos inmobiliarios, así como de personas morales de las entidades federativas y los catastros municipales.

También se incluyó un artículo transitorio para que el Congreso expida la ley general correspondiente en un plazo no mayor a 180 días, a partir de la entrada en vigor del decreto. Para ello, solicitará previamente la opinión de las entidades federativas.


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