jueves, 9 de diciembre de 2010

Discurso Punto de Acuerdo Petlalcingo



La  LVII Legislatura será recordada por la sociedad poblana, como cómplice de los abusos y delitos que diversos presidente municipales han cometido a lo largo y ancho de la entidad.
Tales son los casos del narcoalcalde de Izúcar de Matamoros, Rubén Gil Campos, preso actualmente en los Estados Unidos de Norteamérica por el delito de conspiración para la venta de narcóticos; Gorgonio Merino Mendoza, de Tlacotepec de Porfirio Díaz, señalado por la Comisión Estatal de Derechos Humanos como el responsable junto con policías municipales, del intento de homicidio a mi persona; Juan Martín Barrientos Ramos de Hueytlalpan quien en un acto público ofreció una "recompensa" para que un grupo de niños se desnudaran; Juan Abundio Torres Altamirano, de Rafael Lara Grajales, quien como lo señaló la Comisión Nacional de Derechos Humanos, dejaba a operar libremente en la localidad a integrantes del crimen organizado en la extorsión de migrantes centroamericanos junto con policías municipales; José Alejo González Carreón de Oriental, quien nunca explicó la muerte de un habitante de la región en los separos, presuntamente a manos de la policía; Florencio Tomás Montalvo Bolaños, de Coyomeapan, acusado por una estudiante universitaria de intento de violación y amenazas, junto con un grupo de policías municipales.
En ninguno de los casos anteriormente descritos se creó una Comisión Especial, ni se procedió a aplicar los artículos a Ley Orgánica Municipal que cito textualmente:
ARTÍCULO 55.- Corresponde exclusivamente al Congreso del Estado, declarar la suspensión o desaparición de los Ayuntamientos, la suspensión o revocación del mandato de alguno o algunos de sus miembros y la designación de Concejos Municipales.
ARTÍCULO 56.- Los miembros de los Ayuntamientos podrán ser suspendidos en los cargos para los cuales fueron electos o designados, o revocado el mandato que se les haya asignado, en los siguientes casos:
I.- Por incapacidad legal declarada por autoridad competente;
II.- Por existir en su contra proceso por delito intencional calificado como grave. En este caso la suspensión surtirá efecto a partir del momento en que se dicte auto de formal prisión y quedará sin efecto si llegare a dictarse sentencia absolutoria; y
III.- Por las demás causas establecidas en esta Ley y disposiciones aplicables.
Esta complicidad con los presidentes municipales, solo fomentó la impunidad de los mismos. No se les tocó ni con el pétalo de un extrañamiento o comparecencia. Impensable su remoción o desaparición del Ayuntamiento.
El caso que traemos hoy es del presidente municipal de Petlalcingo, Juan Carlos Vergara Tapia, actualmente prófugo y buscado por las autoridades por el intento de violación a empleadas federales y por presuntos vínculos con el crimen organizado.  El actual edil y su familia se han apoderado del gobierno municipal desde 2002. En las pasadas elecciones impusieron a una hermana del presunto violador, la Presidenta Electa de nombre Isabel Vergara Tapia. Esta familia se conduce de manera despótica y utilizan la fuerza pública como guaruras, amedrentando a la población.
A escasos días de instalado, el Congreso de Oaxaca creó una Comisión Especial para la Atención del conflicto en la región Triqui, para avanzar en la solución la delicada problemática de violencia que se vive en la zona. Son evidentes los esfuerzos de nuestros homólogos de Oaxaca por preservar la legalidad. A poco más de un mes para que esta  Legislatura termine su periodo constitucional, una y otra ocasión se ha negado a aplicar la ley respecto al autoritarismo con el que mal gobiernan los ediles.
Por lo expuesto solicito conforme al artículo 57, fracción II de la Ley Orgánica Municipal, la desaparición del Ayuntamiento de Petlalcingo y la instalación de un Concejo Municipal.

Cuetlaxcoapan, H. Puebla de Zaragoza a 9 de diciembre de 2010
Dip. José Manuel Benigno Pérez Vega y/o Pepe Momoxpan

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