jueves, 5 de noviembre de 2009

Discuro Punto de Acuerdo: Comparecencia titular SCT


Diputadas y diputados, representantes
de los medios de comunicación, y público:


El 4 de junio del año en curso presenté una iniciativa de decreto por el que se reforma y adiciona la Ley del Transporte del Estado de Puebla. El 24 de junio le envié para su conocimiento al Secretario de Comunicaciones y Transportes (SCT), Lic. Valentín J. Meneses Rojas, copia de la mencionada iniciativa de reforma a la Ley.
Asimismo el 14 de octubre presenté el un Punto de Acuerdo para exhortar a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes del Gobierno de la entidad a detener la ilegal campaña de regularización de mototaxis en los municipios donde opera este servicio, ya que se presume la comisión del delito de concusión estipulado en el artículo 430 del Código de Defensa Social del Estado de Puebla. La Comisión de Comunicaciones y Transportes de este Congreso, no ha sesionado para analizar, discutir y en su caso aprobar el dictamen de la iniciativa de Ley presentada ni el punto de Acuerdo propuesto.
Son muchos los beneficios que ofrece el servicio de mototaxis tanto ambientales como económicos y de autoempleo, por tanto es urgente su regulación en la entidad para dar certidumbre jurídica y aprovechar los beneficios que ofrece este medio de trasporte.
Sin embargo, Anuar Musalem Valencia, director de Operación del Transporte de la SCT, se dedica a desinformar en los medios de comunicación a los ciudadanos del Estado, ellos afirman que no hay una iniciativa en el Congreso del Estado para regular el mototaxismo, que los motocarros no son un medio de transporte y que su venta no está regulada por la Norma Oficial Mexicana. Con lo todo esto justifican la venta de calcomanías entre 5 y 15 mil pesos, que a su decir regulariza este transporte. También han dicho que la Secretaría de Economía del Gobierno Federal les ha informado por escrito que no es posible la venta de motocarros y les ha confirmado que no se encuentran regulados por la Norma Oficial Mexicana puesto que argumentan que no existe tal.
Ante la desinformación dolosa y falta de comunicación que existe entre los ciudadanos y las autoridades, acrecentada por los funcionarios de la SCT, es necesaria entonces la intervención del Congreso del Estado.
Actualmente está vigente la Norma Oficial Mexicana: NOM-131-SCFI-2004, la cual anexo, que se refiere a la determinación, asignación e instalación el número de identificación vehicular-especificaciones, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 13 de diciembre de 2004, que se estableció para garantizar que los productos que se comercialicen en territorio nacional contengan los requisitos necesarios con el fin de garantizar los aspectos de información comercial para lograr la efectiva protección del consumidor” y “brindar seguridad en las transacciones comerciales”. En la Norma Oficial Mexicana citada también se define a la motocicleta o motociclo, como vehículo automotor que utiliza manubrio para su conducción con dos o más ruedas, utilizado para el transporte de hasta tres personas o carga de hasta 700 kg y estén equipados con motor a partir de 49 centímetros cúbicos de desplazamiento y combustión interna de dos o cuatro tiempos, clasificándolos en cuadrimotos y trimotos que puede o no presentar sistema de dirección tipo automóvil y que puede o no presentar diferencial y reversa. Es decir, los motocarros sí están regulados, pueden venderse en el territorio nacional e por este motivo se les asigna un número de identificación vehicular y se les expiden placas de moto para el servicio privado en la Secretaría de Finanzas. De lo que se trata ahora es de regularlos para una actividad mercantil de servicio de mototaxis. Incluso se encuentra en periodo de consulta pública el Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-001-SSP-2008, para la determinación, asignación e instalación del número de identificación vehicular.
La regulación fraudulenta deja claro que los funcionarios de la SCT, actúan al margen de la Ley y engañan de manera dolosa a los prestadores del servicio de motoaxis, más de 2,200 en toda la entidad, con un dizque programa de regulación que a todas luces es un fraude ejecutado por el mismo gobierno estatal, en el que se pretende brindar protección mediante la venta de un engomado, no contemplado en la Ley de Ingresos del Estado.
En atención a estos graves hechos es necesaria la comparecencia del Secretario de Comunicaciones y Transportes para que explique el programa de regularización que esta llevando a cabo con personal de la dependencia a su cargo en el Estado.
Por todo lo anteriormente expuesto pongo a consideración de esta Soberanía el presente Punto de Acuerdo para solicitar conforme al artículo 32, fracción VIII de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, la comparecencia del Secretario de titular de la Secretaria de Comunicaciones y Transportes (SCT) del Gobierno del Estado, Lic. Valentín J. Meneses Rojas, para que explique y exponga al Congreso el programa de regularización de mototaxis que su dependencia efectúa actualmente al margen de la ley.

Cuetlaxcoapan, H. Puebla de Zaragoza a 05 de octubre de 2009

Dip. Pepe Momoxpan

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