Como puede apreciarse en el Convenio de Coalición del "MOVIMIENTO PROGRESISTA" No considera a los candidatos por la vía plurinominal. Y no podría hacerlo ya que el artículo 95 del COFIPE, numeral 10 no lo permite.
10.- En todo caso, cada uno de los partidos coaligados deberá registrar listas propias de candidatos a diputados por el principio de representación proporcional y su propia lista de candidatos a senadores por el mismo principio.
Aquí parte del Convenio:
CONVENIO DE COALICIÓN
ELECTORAL TOTAL QUE PARA LA ELECCIÓN DE PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, SENADORES Y
DIPUTADOS POR EL PRINCIPIO DE MAYORÍA RELATIVA, DEL CONGRESO DE LA UNIÓN,
CELEBRAN LOS PARTIDOS POLÍTICOS NACIONALES DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA, DEL
TRABAJO Y MOVIMIENTO CIUDADANO AL TENOR DE LAS CONSIDERACIONES, DECLARACIONES Y
CLÁUSULAS SIGUIENTES:
C O N S I D E R A N D O S
3. Que el 7 de octubre de
2011 el Consejo General del Instituto Federal Electoral emitió el Acuerdo del
Consejo General del Instituto Federal Electoral, por el que se aprueba el
instructivo que deberán observar los partidos políticos nacionales que busquen
formar coaliciones para las elecciones de Presidente de los Estados Unidos
Mexicanos, de Senadores y de Diputados por el principio de mayoría relativa, en
sus diversas modalidades, para el proceso electoral federal 2011-2012,
identificado con la clave CG328/2011, que en su punto primero, numeral 1, inciso
a), establecen entre otras modalidades, las de coalición total para postular
candidato a Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, fórmulas
de candidatos a Senadores en las 32 Entidades Federativas, y de Diputados en
los 300 distritos electorales, por el principio de mayoría relativa.
4. Que para todos los
efectos legales a que haya lugar, los partidos políticos nacionales de la
Revolución Democrática, del Trabajo y Movimiento Ciudadano, decidieron formar
la coalición electoral total para las elecciones de Presidente Constitucional
de los Estados Unidos Mexicanos, fórmulas de candidatos a Senadores en las 32
Entidades Federativas, y de Diputados en los 300 distritos electorales, por el
principio de mayoría relativa.
D E C L A R A C I O N ES
PRIMERA.- El C. JESÚS
ZAMBRANO GRIJALVA, en representación del Partido de la Revolución Democrática,
en adelante PRD, declara que dicha entidad de interés público, cuenta con
registro de Partido Político Nacional, en los términos del artículo 41 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en pleno goce de sus
derechos y sujeto a las obligaciones que establecen las leyes de la materia,
para tal efecto exhibe copia de la constancia del registro respectivo, la cual
se encuentra certificada por el C. Lic. Edmundo Jacobo Molina, Secretario
Ejecutivo del Instituto Federal Electoral, misma que se anexa a la presente
para los efectos legales a que haya lugar y que en términos del inciso e),
párrafo 1 del artículo 38 y los incisos a), b) y c) del párrafo 7, del artículo
96 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales; y 307 y
312 del Estatuto del Partido de la Revolución Democrática, acreditó:
b) Que el día 14 y 15 de
noviembre de 2011, el onceavo pleno extraordinario del VII Consejo Nacional del
Partido de la Revolución Democrática aprobó el resolutivo en relación con el
convenio de coalición con los Partidos Políticos del Trabajo y Movimiento
Ciudadano, aprobando en el mismo lo siguiente:
• Conformar una coalición
con los partidos políticos nacionales del Trabajo y Movimiento Ciudadano para
las elecciones de Presidente de la República, diputados y senadores por el
principio de mayoría relativa del Congreso de la Unión, durante el proceso
electoral federal 2011-2012;
• La Plataforma Electoral de
la Coalición que sostendrán los candidatos de la coalición a Presidente de la
República, Diputados y Senadores por el principio de mayoría relativa.
TERCERA.- Los CC. ALBERTO
ANAYA GUTIÉRREZ, ALEJANDRO GONZÁLEZ YÁÑEZ, RICARDO CANTÚ GARZA, MARÍA GUADALUPE
RODRÍGUEZ MARTÍNEZ, PEDRO
VÁZQUEZ GONZÁLEZ, REGINALDO
SANDOVAL FLORES, FRANCISCO AMADEO ESPINOSA RAMOS Y OSCAR GONZÁLEZ YAÑEZ, en
representación del PARTIDO DEL TRABAJO, declaran que dicha entidad de interés
público cuenta con registro legal de Partido Político Nacional, en los términos
del artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en
pleno goce de sus derechos y sujeto a las obligaciones que establecen las leyes
de la materia, para tal efecto exhiben copia certificada de la constancia del
registro respectivo, la cual se encuentra certificada por el C. Lic. EDMUNDO JACOBO
MOLINA, Secretario Ejecutivo del Instituto Federal Electoral, misma que se
anexa a la presente para los efectos legales a que haya lugar y que en términos
del inciso e), párrafo 1 del artículo 38 y los incisos a), b) y c) del párrafo
7, del artículo 96 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos
Electorales acreditó:
a) Que el día 16 de
noviembre de dos mil once, se celebró la Sesión Ordinaria de la Comisión
Ejecutiva Nacional del Partido del Trabajo, erigida y constituida en Convención
Electoral Nacional, en la cual, con base en el artículo 39 bis y demás
relativos y aplicables de los Estatutos vigentes de ese Instituto Político
Nacional, se aprobó contender en coalición electoral total con el Partido de la
Revolución Democrática, Movimiento Ciudadano y otras fuerzas políticas
nacionales y locales, durante el presente Proceso Electoral Federal, para la
elección de Presidente, Senadores y Diputados Federales por el Principio de
Mayoría Relativa.
b) Que el día 16 de
noviembre de dos mil once, se celebró la Sesión Ordinaria de la Comisión
Ejecutiva Nacional del Partido del Trabajo, erigida y constituida en Convención
Electoral Nacional, en la cual, con base en los artículos 98 numeral 1; del
Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales; 39 bis y demás
relativos y aplicables de los Estatutos vigentes de ese Instituto Político
Nacional, se aprobó el presente Convenio de Coalición Electoral Total durante
el Proceso Electoral Federal 2011-2012, para la elección de Presidente,
Senadores y Diputados Federales por el Principio de Mayoría Relativa, con los
Partidos de la Revolución Democrática, Movimiento Ciudadano y otras fuerzas
políticas nacionales y locales.
c) Que el día 16 de
noviembre de dos mil once, se celebró la Sesión Ordinaria de la Comisión
Ejecutiva Nacional del Partido del Trabajo, erigida y constituida en Convención
Electoral Nacional, en la cual, con base en los artículos 98 inciso d); del
Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales; 39, 39 bis, 43,
44, 118, 119, 119 bis; 120, 121, 122 y demás relativos y aplicables de los
Estatutos vigentes de ese Instituto Político Nacional se aprobó:
o La plataforma electoral de
la coalición;
o El programa de gobierno de
la coalición;
o Postular el registro de
determinado candidato para la elección presidencial; y
o Postular y registrar, como
coalición, a los candidatos a los cargos de diputados y senadores por el
principio de mayoría relativa; y
o Se autorizó a la Comisión
Coordinadora Nacional para que suscriba y rubrique el Convenio de Coalición
Electoral Total del partido del Trabajo con los Partidos Políticos Nacionales
de la Revolución Democrática, Movimiento Ciudadano y otras fuerzas políticas
nacionales y locales.
1.- Que corresponde a la
Coordinadora Ciudadana Nacional, construir alianzas, coaliciones y/o
candidaturas comunes con otras organizaciones políticas durante los procesos
electorales, para tales efectos:
a) La Coordinadora Ciudadana
Nacional, erigida en Asamblea Electoral Nacional, máximo órgano en materia de
coaliciones, aprobó en su sesión del 16 de noviembre de 2011, la realización
del presente convenio de coalición electoral total, así como la postulación,
registro o sustitución de los candidatos a Presidente de la República, a
Senadores y Diputados federales de mayoría relativa.
Lic. EDMUNDO JACOBO MOLINA,
Secretario Ejecutivo del Instituto Federal Electoral, mismas que se anexan al
presente para los efectos legales a que haya lugar.
1.- Que corresponde a la
Coordinadora Ciudadana Nacional, construir alianzas, coaliciones y/o
candidaturas comunes con otras organizaciones políticas durante los procesos
electorales, para tales efectos:
a) La Coordinadora Ciudadana
Nacional, erigida en Asamblea Electoral Nacional, máximo órgano en materia de
coaliciones, aprobó en su sesión del 16 de noviembre de 2011, la realización
del presente convenio de coalición electoral total, así como la postulación,
registro o sustitución de los candidatos a Presidente de la República, a
Senadores y Diputados federales de mayoría relativa.
La Jornada
Como lo demuestra este artículo ya empiezan a ver jaloneos en la coalición por las ansiadas candidaturas plurinominales.
Niega que se desdeñe a
aspirantes externos si elevan votación
Inquieta a la cúpula del PRD
propuesta sobre candidaturas
López Obrador planteó
realizar encuestas para definir abanderados
Alma E. Muñoz
Periódico La Jornada
Martes 7 de febrero de 2012,
p. 11
La dirigencia nacional del
Partido de la Revolución Democrática (PRD) aseguró que no se cierra a la
posibilidad de examinar propuestas de candidatos externos para algunos
distritos electorales que se reservó en la coalición Movimiento Progresista. No
obstante, el presidente perredista, Jesús Zambrano, demandó que no se ignore
que el sol azteca es la principal fuerza política en ese acuerdo.
¿O qué Movimiento Ciudadano
y el Partido del Trabajo (PT) pesan lo mismo en el Distrito Federal?,
cuestionó.
En entrevista, luego de que
el precandidato presidencial de las izquierdas, Andrés Manuel López Obrador,
enviara a la dirigencia perredista una carta donde defiende la aplicación de
encuestas, sin excepción de distritos, para obtener perfiles ciudadanos
altamente competitivos en las elecciones a legisladores federales, Jesús
Zambrano ratificó que hoy la Comisión Política Nacional dará respuesta a ese
planteamiento.
Adelanto que estamos por la
aplicación de encuestas para tener los mejores perfiles, pero no ignoramos las
preferencias electorales en el Distrito Federal, donde la necesidad de acuerdos
políticos estarán presentes para que justamente ayuden.
Así, en ese 15 por ciento de
distritos reservados, que incluye los de la capital del país, las candidaturas
se definirán esencialmente entre aspirantes del PRD o propuestas de éste, lo
cual no significa que estemos desdeñando si hay candidaturas externas al
partido que claramente ayuden a elevar la votación.
A su vez, la secretaria
general del sol azteca, Dolores Padierna, indicó que en el convenio de
coalición quedó asentado que en esos distritos el PRD presentará altos
perfiles, y quien no lo posea puede ser rechazado.
Se pronunció en favor de que
se analicen los lugares donde el PT, el Movimiento Ciudadano –antes
Convergencia– y el Movimiento Regeneración Nacional tienen fortaleza, para que
les reserven sitios.
Reconoció que la carta
enviada por López Obrador el viernes pasado causó preocupación y derivó en
varias reuniones.
Uno de esos encuentros fue
en el Dia, donde los partidos coligados pidieron encuestas en todo,
invariablemente. El PT incluso amagó con cambiar a coalición parcial, sabiendo
que no es posible, porque ya está firmada la coalición total.
Ahí se informó que el sábado
y el domingo el sol azteca encuestó a los aspirantes de 86 distritos
electorales.
Los resultados serán
entregados este miércoles para el careo con las propuestas de Movimiento
Ciudadano, PT y Morena el 11 y el 12 del presente mes.
FUENTE:
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