jueves, 10 de junio de 2010

Discurso Punto de Acuerdo Coyula Atlixco






Diputadas y diputados, representantes de los medios de comunicación, público:
El pasado miércoles 2 de junio, en la comunidad de Coyula junta auxiliar del municipio de Atlixco, fueron asesinados los jóvenes: Aldo Bello Vásquez, Juan Carlos Vázquez Briones y una ciudadana de origen colombiano de nombre Mayra Alejandra Agudelo Ortiz; todos ellos menores de 24 años.

Según relata un testigo entrevistado por un periódico digital: Bello Vázquez arribó a una miscelánea abordo de un Pointer de color azul marino al mismo tiempo, llegó una patrulla de la Policía Auxiliar de Coyula en la que viajaban cinco personas, entre ellos el comandante Domingo Calyeca, Julio Calyeca Rojano y un uniformado de nombre Lázaro N. a los pocos minutos se escucharon disparos, dicho testigo vio al ahora occiso tirado en el suelo, por lo que pidió una ambulancia. Las dos personas restantes fueron privadas de su libertad y trasladadas a otro sitio, en el que se presume fueron torturadas hasta asesinarlas.

Es importante señalar que la responsabilidad legal de la seguridad pública en los municipios recae en el presidente municipal, tal como lo establece el artículo 211 de la Ley Orgánica Municipal: El cuerpo de seguridad pública municipal estará al mando del Presidente Municipal, en términos de las disposiciones aplicables. Aquel acatará las órdenes que el Gobernador del Estado le transmita en aquellos casos que éste juzgue como de fuerza mayor o alteración grave del orden público.

Siempre es condenable el homicidio de un ciudadano, lo es más cuando es a manos de quienes deberían resguardar la seguridad de los individuos. Es claro para todos los ciudadanos que no existe un cuerpo policial que permita responder a los retos de la delincuencia.

Es por ello que de forma respetuosa los insto a que exhortemos al Presidente Municipal de Atlixco Eleazar Pérez Sánchez y al Presidente Auxiliar de Coyula Ángel González Nieto a que sean citados por este Congreso y brinden información sobre los tres homicidios que se efectuaron en sus localidades, así como a la Procuraduría General de Justicia del Estado a investigar y detener a los responsables del delito y a la Comisión de Derechos Humanos del Estado a que dentro de sus facultades a emita  un pronunciamiento al respecto.


Cuetlaxcoapan, H. Puebla de Zaragoza a 10 de junio de 2010

Dip. José Manuel Benigno Pérez Vega y/o Pepe Momoxpan

H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla
Presidente de la Mesa Directiva
P r e s e n t e
El que suscribe, Diputado José Manuel Benigno Pérez Vega y/o Pepe Momoxpan, integrante de la Quincuagésima Séptima Legislatura del Honorable Congreso del Estado; con fundamento en lo dispuesto por los artículos, 57 fracción I y II, 63 fracción II y 64 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 17 fracción IV y XI, 41 fracción I, 43, 46 de la Ley Orgánica de Poder Legislativo del Estado de Puebla; 93 fracción VI, 128 y 130 del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado, somete a consideración de este Honorable Cuerpo Colegiado el siguiente:

Punto de Acuerdo para exhortar al Presidente Municipal de Atlixco Eleazar Pérez Sánchez y al Presidente Auxiliar de Coyula Ángel González Nieto, para que sean citados ante el H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla para brindar información del caso de los tres homicidios, uno de ellos de una ciudadana extranjera, que se dieron en la referida junta auxiliar. Así como a la Procuraduría General de Justicia del Estado de Puebla y a la Comisión de Derechos Humanos del Estado a realizar con celeridad los homicidios.
Antecedentes
El pasado miércoles 2 de junio, en la comunidad de Coyula junta auxiliar del municipio de Atlixco, fueron asesinados los jóvenes Aldo Bello Vásquez, Juan Carlos Vázquez Briones y una ciudadana de origen colombiano de nombre Mayra Alejandra Agudelo Ortiz; todos ellos menores de 24 años. Según relata un testigo entrevistado por un periódico digital: Bello Vázquez arribó a una miscelánea abordo de un Pointer de color azul marino al mismo tiempo, llegó una patrulla de la Policía Auxiliar de Coyula en la que viajaban cinco personas, entre ellos el comandante Domingo Calyeca, Julio Calyeca Rojano y un uniformado de nombre Lázaro N. a los pocos minutos se escucharon disparos, dicho testigo vio al ahora occiso tirado en el suelo, por lo que pidió una ambulancia. Cabe señalar que del levantamiento de cadáver se hizo cargo la fiscalía de homicidios, por lo que al fiscal de Atlixco no le fue posible dar fe de las lesiones, pero además, cuando se trasladaron a la comandancia de la Policía Auxiliar de Coyula, ésta estaba cerrada, no estaba ninguno de los elementos.  Las dos personas restantes fueron privadas de si libertad y trasladadas u otro sitio, en el que se presume fueron torturadas hasta privarlas de la vida.

Considerando
Es importante señalar que la responsabilidad legal de la seguridad pública del municipio recae en el presiente municipal, tal como lo establece el artículo 211 de la Ley Orgánica Municipal que a la letra dice: El cuerpo de seguridad pública municipal estará al mando del Presidente Municipal, en términos de las disposiciones aplicables. Aquel acatará las órdenes que el Gobernador del Estado le transmita en aquellos casos que éste juzgue como de fuerza mayor o alteración grave del orden público. En mérito de lo anteriormente expuesto, someto a esta Soberanía lo siguiente:

Primero.- Se exhorta al Presidente Municipal de Atlixco, Eleazar Pérez Sánchez y al Presidente Auxiliar de Coyula Ángel González Nieto a que sean citados por el H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla y brinden información sobre los tres homicidios que se efectuaron en la referida localidad.
Segundo.- A la Procuraduría General de Justicia del Estado de Puebla a investigar y detener a los responsables del delito.
Tercero.- A la Comisión de Derechos Humanos de Puebla, para en la medida de sus facultades, investigue el hecho en el que se presume participación de policías auxiliares.

Cuetlaxcoapan, H. Puebla de Zaragoza a 10 de junio de 2010
Dip.  José Manuel Benigno Pérez Vega y/o Pepe Momoxpan

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